Ayuntamiento de Villar del Rey
Ir a la página inicial
Escudo de Villar del Rey

El Ayuntamiento

El pueblo

 Página WEB de la Sierra de San Pedro Los BaldiosPágina WEB de la Diputación de BadajozPágina WEB de la Junta de Extremadura
Tablón Municipal
Noticias
Noticias
Buzón de Sugerencias
>>- El Ayuntamiento > Corporación Municipal

Composición del Pleno

Logo Psoe

ALCALDE

Logo Psoe

TTE. ALCALDE/CONCEJALIA DE JUVENTUD Y DEPORTES

Eduardo Durán Durán Francisco Javier Sánchez Escudero
Logo Psoe

TTE. ALCALDE/CONCEJALIA DE CULTURA, EDUCACION Y FESTEJOS

Logo Psoe

CONCEJALIA DE SANIDAD Y BIENESTAR SOCIAL

Antonia Ramona García Cilleros Laura Saura Pinilla
Logo Psoe

CONCEJALIA DE FOMENTO Y SEGURIDAD CIUDADANA

Logo Psoe

CONCEJALIA DE JUVENTUD Y DEPORTES

Isidoro Calleja Gutiérrez Angel Plata Durán
Logo Psoe

CONCEJALIA DE PARQUES Y JARDINES

Logo Psoe

CONCEJALIA DE CULTURA, EDUCACION Y FESTEJOS

Fernando Corchos Carrasco María Dolores Expósito Rando
Logo Partido popular

CONCEJAL

Logo Partido Popular

CONCEJAL

María Jesús Pavo Calle Aguasanta Santibáñez Rodríguez
Logo Partido popular

CONCEJAL

 

 

Juan José Serrano Hipólito  

El Alcalde

El Alcalde es el Presidente de la Corporación y es elegido por los concejales por mayoría absoluta o designado el cabeza de la lista electoral más votada. Ostenta, entre otras, las siguientes atribuciones:

  • Dirigir el gobierno y la administración municipales.
  • Representar al Ayuntamiento.
  • Convocar y presidir las sesiones del Pleno y la Junta de Gobierno Local.
  • Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y obras municipales.
  • Dictar bandos.
  • Disponer pagos, dentro de los límites de su competencia; ordenar pagos y rendir cuentas.
  • Desempeñar la jefatura superior de todo el personal de la Corporación.
  • Ejercer la jefatura de la policía municipal, así como el nombramiento y sanción de los funcionarios que usen armas.
  • Sancionar por infracciones de las Ordenanzas municipales.
  • Nombrar a los Tenientes de Alcalde.

Para facilitar el ejercicio de sus competencias el Alcalde puede delegar parte de sus funciones en otros órganos de gobierno.

Tenientes de alcalde

Son nombrados y cesados por el Alcalde entre los miembros de la Comisión de Gobierno. Sustituyen a éste, por el orden de su nombramiento, en casos de vacante, ausencia o enfermedad.

  • Primer Teniente de Alcalde:Dº Francisco Javier Sánchez Escudero
  • Segunda Teniente de Alcalde: Dª Antonia Ramona García Cilleros

El Pleno

Está integrado por todos los concejales y presidido por el Alcalde. Está compuesto por 11 miembros elegidos por los vecinos en la elecciones municipales. Tiene, entre otras, las siguientes competencias:

  • El control y fiscalización de los órganos de gobierno.
  • La aprobación de los Planes de Urbanismo.
  • La aprobación del Reglamento orgánico y de las Ordenanzas.
  • La aprobación de los Presupuestos, Impuestos, Tasas y Precios públicos.
  • La aprobación de la forma de gestión de los servicios.
  • La aceptación de la delegación de competencias hecha por otras Administraciones públicas.
  • La aprobación de la plantilla de personal, la relación de puestos de trabajo y las retribuciones complementarias de los funcionarios.
  • El ejercicio de acciones administrativas y judiciales.
  • La alteración de la calificación jurídica de los bienes de dominio público.
  • La enajenación de patrimonio.
  • La votación sobre la moción de censura al Alcalde.

Las sesiones del Pleno son públicas. Se reúne de manera habitual u ordinaria los últimos lunes de cada mes.

La Junta de Portavoces está presidida por el Alcalde y forman parte de ella los portavoces de los dos grupos políticos municipales

La Junta de Gobierno Local

Está compuesta por el Alcalde y concejales. Corresponde a la Junta de Gobierno Local, entre otras:

  • La asistencia al Alcalde en el ejercicio de sus atribuciones.
  • probar la Oferta de Empleo Público de cada año, las bases reguladoras de las pruebas de selección y las bases de provisión de puestos de trabajo.
  • Distribuir las retribuciones complementarias que no sean fijas y periódicas.
  • El otorgamiento de ciertas licencias.
  • La imposición de sanciones urbanísticas de más de 6.000 euros.
  • La concesión de exenciones y bonificaciones en materia de Tributos y Precios Públicos, así como la anulación de toda clase de recibos que hayan sido girados.
  • La aprobación de toda clase de padrones fiscales y tributarios, así como de las relaciones de sujetos pasivos de precios públicos.
  • La disposición de gastos que excedan de los reservados a la Alcaldía por las bases de ejecución del presupuesto.
  • La aprobación de certificaciones de obra ejecutada.